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Imparten conferencia sobre derechos humanos en materia familiar

El Dr. Luis Alfonso Méndez Corcuera, secretario de Estudio y Cuenta en el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán, comentó ante este medio los temas abordados en su ponencia MÉRIDA, Yucatán. - Luego de impartir la conferencia denominada “Derechos humanos en materia familiar”, en la ciudad de Mérida, el Dr. Luis Alfonso Méndez Corcuera, secretario de Estudio y Cuenta en el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán, comentó ante este medio los temas abordados en su ponencia.

Recordó que la familia tiene consagrado el derecho a la protección como parte de los derechos humanos concebidos en la Constitución y en tratados internacionales, por lo que de esta forma el estado mexicano es responsable de establecer instituciones encargadas en salvaguardar y proteger a la familia, pues dentro de este núcleo se desarrolla el individuo.

Parte de ese trabajo que despliega el estado mexicano tiene que ver con la resolución de conflictos relacionados con la familia. En el sistema tradicional de impartición de justicia, según indicó, los juicios solían durar muchos años y muchas veces no se lograba solucionar a tiempo las demandas de las partes, es por ello que en los últimos años se ha impulsado un nuevo de justicia oral en esta materia, para que de esta forma las problemáticas sean resueltas de forma más rápida y eficaz.

“En el pasado un juicio duraba muchos años. Había casos en los cuales se peleaba la custodia del niño o las visitas, y de pronto el niño ya era mayor de edad, entonces el problema no se solucionaba, o todo ese tiempo que duraba el juicio, el que salía afectado era el mismo menor por la consecuencia de los pleitos. La familia va siendo dañada, por ello los estados están obligados a solucionar el conflicto de una forma rápida y efectiva, a fin de solventar este problema”, explicó.

Acotó que esta responsabilidad del estado inclusive se puede ver como una política preventiva del delito, pues señaló que estadísticamente está demostrado que muchos de los índices de criminalidad devienen de familias disfuncionales, con lo cual, al solucionar estos problemas familiares y generar un mejor entorno para los niños, se asegura que en el futuro sean personas de bien. Es por ello, dijo, que se busca atacar ese problema mediante la justicia oral familiar y otras medidas que se han estado implementando.

Derecho humano al nombre

Apuntó que otro de los temas abordados durante la conferencia que tuvo lugar el pasado 25 de abril, fue sobre el derecho humano a tener un nombre y apellidos, lo cual se garantiza mediante el registro. Recordó que este derecho está consagrado, además de la legislación local, en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en donde se refiere que toda persona tiene derecho a un nombre y apellidos. Señaló que el registro es de suma importancia, pues el individuo que no cuenta con un acta de nacimiento, legalmente no existe, y con lo cual no puede tener acceso a diversas garantías como el derecho a la vivienda, a la salud o a la educación.

Indicó que, a partir de este derecho fundamental, se ha dado pie también a modificar dicho nombre para que se adapte a la realidad de los individuos, cuando así lo amerita el caso. “Muchas veces vemos casos de personas que su acta de nacimiento no coincide como se le conoce en la sociedad. Tal vez en tu acta sales como Juan Pérez, pero toda la sociedad te conoce como José Suárez, entonces la misma Corte ha dicho que se puede modificar, siempre y cuando no se cambie la parte del padre y la madre, pues esa es parte de la filiación, del parentesco”, expuso. “Inclusive, la Corte acaba de resolver la posibilidad de que, al momento de inscribirse en los registros de nacimiento, los padres pueden elegir el orden de los apellidos, ya no como antes de que se les tenía que poner primero el paterno y luego el materno, sino que esto queda ya a decisión de la familia. Esto conllevó a que la SCJN haya concedido algunos amparos, inclusive actualmente ya hay tres estados que establecen en su código que la pareja decide el orden de apellidos que llevará su hijo”, explicó.

Compensación para quien se dedica a labores del hogar

Quien también fungiera como juez en materia familiar, refirió que otro de los temas tratados en el coloquio fue la figura jurídica conocida como compensación familiar que se concentra en proteger los derechos de quien se dedica durante el matrimonio a las labores del hogar, principalmente mujeres. Señaló que al ser amas de casa, las cónyuges no suelen adquirir bienes que en contraparte los varones obtienen a lo largo de los años. “Luego viene el divorcio y no hay equidad a la hora de la separación, lo cual no se solventa solo con la pensión. Por ejemplo, a una señora de 60 años que se divorcia, le fijan una pensión, pero si fallece el señor, la señora al divorciarse pierde su pensión de viudez del seguro social, pierde seguridad social, etcétera, entonces por todas esas desventajas se ha establecido en algunos estados la figura de la compensación familiar en el divorcio para el caso de los que se hayan casado bajo el régimen de separación de bienes, la persona se haya dedicado al hogar conyugal y tenga menor proporción de bienes, ante lo cual el juez va a fijar un monto, dinero indemnizatorio por esa desventaja que hubo por haberse dedicado al hogar.  La razón es que actualmente en el ámbito de derechos humanos se empieza a ver al trabajo del hogar como una forma de trabajo, el cual debe ser remunerado, y como al momento de trabajar en el hogar no les pagan, viene esa figura de compensación por haberse dedicado al hogar”, explicó.

“Para la remuneración en el caso de compensación, el Código Civil dice que se puede otorgar hasta un 50 % en la división de los bienes. No es lo mismo que hayas estado casado dos años a un matrimonio de 40 años. No es lo mismo que la persona tenga 30 años a que tenga 60, por eso explicaba las desventajas. A veces con edad avanzada es difícil incorporarse al mercado laboral, así que se analizan todos los perjuicios que conlleva el haberse dedicado al hogar, y por ello se puede alcanzar una compensación de hasta el 50 %. Esto quedaría a valoración del juez de acuerdo a las circunstancias del caso”, sostuvo.

Presentará libro en Playa del Carmen

Finalmente, el doctor en Derecho dio a conocer que este sábado presentará su libro “Manual para desahogo de pruebas en el juicio oral familiar”, publicado por la Editorial Flores y disponible a través de las librerías Gandhi y Flores Editor y Distribuidor. La presentación de su obra se realizará el sábado 29 de abril en la sede de la Universidad del Sur en Playa del Carmen, en horario por definir. “Habrá libros disponibles para su compra, para los que deseen asistir a la presentación. El manual trata sobre técnicas de litigio que deben implementar los abogados en la litigación oral familiar, pues el sistema que tenemos en Yucatán, Quintana Roo y Campeche prácticamente es el mismo, basado en el del Estado de México, es decir, las reglas son las mismas, y lo que el manual busca es dar consejos para que los litigantes los utilicen a la hora de los juicios orales, pues en materia familiar, a diferencia de la materia penal, como es algo que los propios estados han impulsado con recursos federales, pues no hay tantos libros o cuestiones sobre el tema; realmente la bibliografía es escasa y no hay mucho material, y es lo que se busca con el libro, llenar este vacío que existe para los abogados porque vienen nuevos sistemas, pero cómo desahogar las pruebas, o con la oralidad qué se debe tomar en cuenta”, explicó.

Añadió que, para más detalles, los interesados pueden contactarlo a través de su perfil en Facebook, buscándolo como Luis Alfonso Méndez Corcuera.

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