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Cambian rango y denominación de Protección Civil en Tulum

El Cabildo de Tulum aprobó cambiar el rango y denominación, de departamento a coordinación de Protección Civil. También se hicieron diversas modificaciones a la Constitución Política de Quintana Roo.
TULUM, Quintana Roo.- Como parte de las acciones de modernización administrativa y hacer más efectivo el trabajo de cada una de las dependencias del gobierno municipal que encabeza el presidente David Balam Chan, el Cabildo de Tulum aprobó cambiar el rango y denominación, de departamento a coordinación de Protección Civil, además de diversas modificaciones a la Constitución de Quintana Roo.

En la que fue la Cuadragésima Octava Sesión Ordinaria, el pleno del Cabildo tulumense aprobó por unanimidad el decreto de reforma del Artículo 21 Fracción XLIX del Artículo 75, Fracción XIII del Artículo 76 y el primer párrafo de la Fracción I del Artículo 160 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, con lo que armoniza nuestra carta magna para garantizar el exacto ejercicio del derecho a la información consagrado en el Artículo Sexto.

Por igual, en la Cuadragésima  Séptima sesión ordinaria realizada el pasado 21 de este mes, se aprobó pasar de un departamento a una coordinación municipal a Protección Civil de acuerdo a la nueva Ley General de Protección Civil, en la que destacan nuevas formas de coordinación entre los tres niveles de gobierno para una mejor organización  de la prevención y atención de todo incidente que ponga en riesgo la seguridad física o patrimonial de la sociedad.

Ante esto, se reformó la fracción V del artículo, la denominación del Capítulo VII y el párrafo primero del artículo 26 y del artículo 27, todos del reglamento interior de la Secretaría General del Ayuntamiento tulumnense para darle una mayor toma de decisiones a esta nueva coordinación de Protección Civil.

Sobre los cambios del Artículo Sexto de nuestra Carta Magna, entre los principales  puntos de dicha reforma está: garantizar la integración colegiada y autónoma del organismo garante en materia de transparencia en nuestro estado, previendo en su conformación un número impar y denominar a sus integrantes comisionados; privilegiar la experiencia en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales; procurar la igualdad de género; establecer el escalonamiento de los comisionados para garantizar el principio de autonomía de los organismos garantes; establecer los principios que deben regir los procedimiento para la selección de los comisionados, y establecer la conformación de un Consejo Consultivo que estará integrado por consejeros que serán honoríficos y durarán en el cargo un plazo que no exceda a siete años.

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