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Fiscales y jueces deben tomar decisiones con autonomía en el NSJP

El Dr. José Daniel Hidalgo Murillo, sugirió que se debe respetar la toma de decisiones de los fiscales y jueces, y evitar que estos tengan que recurrir a sus superiores MÉRIDA, Yucatán.- En el marco del congreso denominado “Responsabilidad Penal de las Empresas”, celebrado en la ciudad de Mérida los pasados días 9 y 10 de septiembre, el doctor en Derecho, José Daniel Hidalgo Murillo, abordó el tema del nuevo sistema de justicia penal implementado en el país oficialmente el pasado 18 de junio de 2016, sugiriendo que se debe respetar la toma de decisiones de los fiscales y jueces, y evitar que estos tengan que recurrir a sus superiores para determinar lo conducente en torno a hechos probablemente constitutivos de delito.

“El Ministerio Público de Yucatán tiene que trabajar dejando que los fiscales y agentes del MP tomen decisiones propias. Por qué un fiscal tiene que consultarle a un superior y un superior a otro superior, cuando la ley dice claramente lo que tiene que hacer, que consulte lo que deba consultarse, pero hay un control por parte de los mandos y al final un fiscal consulta a su superior, y esto hace que sea un sistema complejo, conflictuado y obsoleto. Ese es el gran error del Ministerio Público en todo el país y, lógicamente, también en Yucatán”, sostuvo el doctor en Derecho por la Universidad de Costa Rica, quien funge como miembro del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Autónoma de Chiapas y es docente certificado por la Secretaría Técnica (Setec).

Respecto a los jueces, indicó que se debe lograr que estos resuelvan los asuntos en tiempos cortos y no en tiempos tan largos, que las audiencias sean más sencillas y que se eviten complicaciones, pues explicó que el modelo es sencillo, pero mientras primen los formulismos innecesarios, va a ser un proceso largo. “Una audiencia que dura más de una hora o dos, ya es una audiencia que frustra la celeridad del proceso; es un tema que debe atacar por lo menos el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de Yucatán”, agregó.

Responsabilidad penal de las empresas

Respecto a la responsabilidad de las empresas, explicó que ahora tanto los empresarios como los abogados deberán estar en vilo para evitar enfrentarse a un proceso penal, ya sea por acción u omisión.

“Como hacía ver la Dra. Eloísa Quintero, quizás la empresa sea buena, pero de alguna u otra forma ella, o sus empleados, o sus productos tienen relación con situaciones que no le competen. Esto hace que la empresa tenga que saber el control de cumplimiento de  ciertos parámetros o protocolos de actuación. Esto lleva a formar empresas más éticas, a sostener un mejor trabajo de empresa, a tener una empresa más competitiva, a evitar competencias injustas contra empresas buenas y eso es fundamental para la competencia leal”, explicó.

Indicó que, de acuerdo con el numeral 421 del Código Nacional de Procedimientos Penales respecto a las personas jurídicas y su responsabilidad penal, no se debe confundir a las empresas con actividades ilícitas a las empresas lícitas que pudieran cometer algún delito.

“El Dr. Miguel Ontiveros considera que esas empresas (las de actividades totalmente ilícitas) ya no entran dentro de las empresas que se acusan (de acuerdo al 421 del CNPP) sino dentro de la investigación de la delincuencia organizada, entonces no tenemos una empresa que trabaja lícitamente, con empleados que trabajan lícitamente, sino que estamos con una empresa que se ha creado para cometer delitos y entonces esa empresa no puede ser atacada en el modelo como se está atacando a la empresa a partir del artículo 421 del Código Procesal Penal, sino que por el contrario tiene que ser investigada como una empresa delincuente. Allí hay que decir que no es que la empresa tiene empleados bien contratados y actuando lícitamente sino que tenemos a todos los trabajadores de la empresa trabajando sobre un ilícito, entonces no conviene confundir las empresas ilícitas con las empresas ilícitas que pueden cometer un delito”, precisó.

No copiar modelos extranjeros

Finalmente, dentro de sus conclusiones respecto al correcto funcionamiento de este nuevo sistema de justicia penal, el Dr. Hidalgo Murillo sugirió no copiar modelos extranjeros que no se adapten al modelo mexicano. Además, indicó que los actores y responsables de su implementación y funcionamiento no se deben dejar llevar por las formas, pues el modelo no es un tema de formas sino de soluciones. Por otro lado, insistió en que los actores (fiscales y jueces, principalmente) deben tomar decisiones con autonomía y no seguir escalafones en los que se perjudiquen las determinaciones o los fallos.

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